Todos los instrumentos de derechos humanos son aplicables a todo el mundo, incluidas las personas con discapacidad. El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos ofrecen protección contra la discriminación por cualquier motivo. También hay instrumentos de derechos humanos que abordan la cuestión de la discriminación, como la discriminación contra la mujer y por motivos específicos contra determinados grupos de personas, como los niños o los trabajadores migratorios.
Los principales tratados de derechos humanos son los siguientes:
- El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
- El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
- La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial
- La Convención contra la Tortura
- La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer
- La Convención sobre los Derechos del Niño
- La Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares
- La Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas
- La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad.
Todos los instrumentos de derechos humanos incluyen una disposición que protege contra la discriminación. Sin embargo, sólo uno de ellos, la Convención sobre los Derechos del Niño, reconoce específicamente la necesidad de proteger contra la discriminación por motivos de discapacidad.
No obstante, se sobreentiende que todos los instrumentos hacen referencia de manera implícita a la “discapacidad” como motivo de discriminación, con lo que queda claro que no debe discriminarse a las personas con discapacidad cuando se apliquen esos instrumentos. Así, por ejemplo, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer es aplicable a todas las mujeres, incluidas las mujeres con discapacidad.
No obstante, se sobreentiende que todos los instrumentos hacen referencia de manera implícita a la “discapacidad” como motivo de discriminación, con lo que queda claro que no debe discriminarse a las personas con discapacidad cuando se apliquen esos instrumentos. Así, por ejemplo, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer es aplicable a todas las mujeres, incluidas las mujeres con discapacidad.
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